Operador de grúa torre

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CENTRO DE LA FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN

C/ RIO JARAMA Nº 63B – 45007 TOLEDO

TFNO: 925230406 – FAX: 925 230 453

toledo@fundacionlaboral.org


PRINCIPIOS DE BASE Según el punto 8.1. de la norma UNE 58-101-92/2:

  • La conducción de la grúa se hará exclusivamente por la persona especialmente designada por el usuario
  • La edad mínima será de 18 años
  • Las condiciones psicosomáticas serán las adecuadas para desempeñar su función
  • Haber sido sometido a un examen médico y psicotécnico previo a su designación
  • Disponer de formación acreditada y estudios primarios

CONOCIMIENTOS GENERALES Según el punto 8.2. de la norma UNE 58-101-92/2:

  • Nociones elementales de electricidad
  • Nociones elementales sobre características de la grúa torre
  • Nociones de los principales mecanismos e interpretación de la documentación básica de grúas torre
  • Conocimiento del cuadro de ademanes de la instrucción UNE 58000

OBLIGACIONES DEL GRUISTA Según el punto 8.3 de la norma UNE 58-101-92/2:

  • Reconocimiento de la vía
  • Verificación del aplomado de la grúa
  • Verificación de lastres y contrapesos
  • Verificación de niveles de aceite y conocimiento de los puntos de engrase
  • Comprobación de los mandos en vacío
  • Comprobación de la actuación de los dispositivos de seguridad
  • Correcta puesta en fuera de servicio de la grúa
  • Comprobación del estado de los cables de acero y accesorios de elevación
  • Comunicar inmediatamente a su superior cualquier anomalía observada en el funcionamiento de la grúa o en las comprobaciones que efectúe así como la mala sujeción y amarre de las cargas, informando en lo posible de sus causas y efectos, deteniendo o no poniendo en funcionamiento la grúa hasta recibir instrucciones de su superior