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CENTRO DE LA FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN
C/ RIO JARAMA Nº 63B – 45007 TOLEDO
TFNO: 925230406 – FAX: 925 230 453
PRINCIPIOS DE BASE Según el punto 8.1. de la norma UNE 58-101-92/2:
- La conducción de la grúa se hará exclusivamente por la persona especialmente designada por el usuario
- La edad mínima será de 18 años
- Las condiciones psicosomáticas serán las adecuadas para desempeñar su función
- Haber sido sometido a un examen médico y psicotécnico previo a su designación
- Disponer de formación acreditada y estudios primarios
CONOCIMIENTOS GENERALES Según el punto 8.2. de la norma UNE 58-101-92/2:
- Nociones elementales de electricidad
- Nociones elementales sobre características de la grúa torre
- Nociones de los principales mecanismos e interpretación de la documentación básica de grúas torre
- Conocimiento del cuadro de ademanes de la instrucción UNE 58000
OBLIGACIONES DEL GRUISTA Según el punto 8.3 de la norma UNE 58-101-92/2:
- Reconocimiento de la vía
- Verificación del aplomado de la grúa
- Verificación de lastres y contrapesos
- Verificación de niveles de aceite y conocimiento de los puntos de engrase
- Comprobación de los mandos en vacío
- Comprobación de la actuación de los dispositivos de seguridad
- Correcta puesta en fuera de servicio de la grúa
- Comprobación del estado de los cables de acero y accesorios de elevación
- Comunicar inmediatamente a su superior cualquier anomalía observada en el funcionamiento de la grúa o en las comprobaciones que efectúe así como la mala sujeción y amarre de las cargas, informando en lo posible de sus causas y efectos, deteniendo o no poniendo en funcionamiento la grúa hasta recibir instrucciones de su superior